Aguinaldo Junio 2025: Fechas, Montos y Cómo Calcularlo

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El aguinaldo de junio de 2025 ya está en marcha, tanto para jubilados como para empleados estatales. Aquí te detallamos las fechas de pago, los montos a percibir y cómo se calcula este beneficio.

Aguinaldo para Jubilados: Calendario y Montos

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a abonar los haberes mensuales de junio a los jubilados, incluyendo el aguinaldo. Adicionalmente, se suma un bono de $70.000.

El haber mínimo garantizado se fijó en $304.723,93, mientras que el haber máximo asciende a $2.050.503,62. La Prestación Básica Universal (PBU) se estableció en $139.397,29 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $243.779,14.

¿Cuánto cobran los jubilados con el aguinaldo?

Aquellos que perciben el haber mínimo recibirán $304.723,93 más el bono de $70.000, totalizando $374.723,93. A esto se le debe agregar el medio aguinaldo, que representa $152.361,97 adicionales.

Aguinaldo para Estatales de Mendoza: Fecha y Cálculo

El gobierno de Mendoza confirmó que el pago del medio aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2025 para los empleados estatales se realizará el viernes 13 de junio. Esto incluye al personal docente, aunque se diferencia el pago entre titulares y suplentes.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El cálculo se basa en los salarios de enero a junio de 2025, tomando en cuenta la mayor remuneración del semestre, que incluye el aumento del 1,5% de junio (según la paritaria). Se divide en dos ítems:

  • SAC remunerativo (ítem 3613): Incluye asignación de la clase, estado docente, antigüedad, ítem aula, ítem dedicación (arraigo), ítem especialización, etc.
  • SAC no remunerativo (ítem 3623): Solo aplica a conceptos como garantías paritarias.

Si no trabajaste durante todo el semestre, recibirás un proporcional según los meses efectivamente trabajados.

Titulares vs. Suplentes: ¿Cuándo cobran?

  • Titulares y suplentes equiparados: Cobran en junio, junto con el resto de los estatales.
  • Suplentes no equiparados: Esperan hasta agosto, ya que sus liquidaciones se realizan con un mes de retraso.
  • Casos mixtos: La parte titular se paga en junio, y la suplente, en agosto.

Excepción: Los suplentes con cargos/horas marcadas como LT (liquidación como titular) cobran en junio.

Los suplentes no equiparados cobran el aguinaldo de junio en agosto porque sus novedades se procesan a mes vencido. Si trabajaste menos de 6 meses, tu aguinaldo será proporcional.

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